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Cortés vetó la ordenanza que regulaba las aplicaciones de transporte privado

El intendente de Bariloche, Walter Cortés vetó parcialmente la ordenanza que pretendía regular el servicio de transporte privado de pasajeros “punto a punto”, es decir, los viajes contratados por aplicaciones digitales. La medida quedó formalizada en la Resolución Nº 2971-I-2025.

La ordenanza había sido aprobada por el Concejo Municipal con la intención de ordenar una actividad que hoy no tiene un marco específico dentro del ejido. Sin embargo, al analizarla en detalle, la máxima autoridad política de la ciudad concluyó que varios de sus artículos se exceden en las facultades municipales, duplican normas ya vigentes o presentan vacíos que impedirían aplicarlos con claridad.

Plantea que «ordenar la actividad, garantizar seguridad a usuarios y conductores y asegurar condiciones equitativas frente a los demás servicios de transporte resulta razonable y necesario”.

“Sin embargo, del análisis del texto se advierte que diversos artículos exceden la competencia municipal, establecen restricciones desproporcionadas al ejercicio de la actividad, crean órganos y registros sin precisión en cuanto a su funcionamiento, ni previsión presupuestaria, lo que impide su promulgación con la redacción actual”, advierte el intendente, en la Resolución del veto parcial.

Los artículos vetados

En la Resolución indica que corresponde vetar el artículo 6 de la ordenanza, “por cuanto los requisitos para la prestación de servicios de transporte -RTO vigente, licencias habilitantes, seguros, inscripción en TISH y demás condiciones técnicas- ya se encuentran regulados mediante la Resolución Nº 00002610-I-2025 del Ejecutivo Municipal”.

Observa que “incorporar nuevamente esos requisitos en una ordenanza generaría superposición normativa y posibles contradicciones con la reglamentación”.

También, vetó los artículos 8 y del 10 al 15 porque “crean estructuras y funciones administrativas nuevas, sin precisión de integración, funcionamiento, financiamiento ni ubicación orgánica dentro del Municipio, en contradicción con la Carta Orgánica Municipal”.

Sostiene que el Capítulo IV de la norma crea el Revecoop, “en la que se limita a enunciar su existencia sin definir su integración, su dependencia jerárquica, los procedimientos internos de registración, los mecanismos de control y actualización, y falta de previsión presupuestaria para su funcionamiento». Y afirma que «esta omisión configura una laguna en la norma, generando una clara inseguridad jurídica”.

El veto alcanza al artículo 10, que “impone una limitación excesiva respecto de los vehículos autorizados para prestar el servicio, excluyendo vehículos que técnicamente podrían ser aptos, sin justificación objetiva, afectando el derecho a trabajar”.

Con el veto parcial ya firmado, la ordenanza regresa al Concejo Municipal, que deberá decidir si insiste con la versión original o si introduce modificaciones. La resolución fue refrendada por la Secretaría Legal y Técnica y enviada al Registro Oficial para su publicación.